Aon Peru Corredores de Seguros S.A.
Calle Dionisio Derteano
No. 144, Oficina 1101-A
San Isidro
Lima, Peru
Correo electrónico
[email protected]
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Aon Reaseguros S.A.
Calle Dionisio Derteano
No. 144, Oficina 1101-A
San Isidro
Lima, Peru |
Telephone: +51 1 2030100 |
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Telephone: + 51 1 2124210
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Procedimiento Atención de Reclamos
El procedimiento de Atención de Reclamos de Aon tiene como objetivo establecer las actividades que permitan realizar una gestión adecuada y pertinente de los reclamos recibidos por parte de los clientes, acorde con lo estipulado en la normatividad aplicable.
Este procedimiento contempla las siguientes etapas:
1. Recepción del reclamo
2. Gestión y trámite
3. Respuesta oficial y cierre
- Recepción de Reclamos:
La recepción de los reclamos se realiza a través de los siguientes contactos o canales oficiales
- Correo centralizado de peticiones, quejas y reclamos: [email protected]. Adjunto a la comunicación de la queja podrá remitir diligenciado el Formato de Reclamos de Aon, lo que permitirá contar con la información mínima para la gestión de la respuesta.
- Línea de atención al cliente: +51 1 2030100
- Radicación de comunicación/ oficio en Oficina Principal
- Calle Dionisio Derteano No. 144, Oficina 1101-A, San Isidro, Lima, Perú
- Gestión y trámite: Se realiza el reconocimiento de los antecedentes relacionados al reclamo, se implementan las acciones necesarias para atender eficazmente la solicitud por parte del(los) funcionario(s) responsable(s), dentro de los plazos establecidos en la norma y se proyecta la respuesta preliminar.
- Cierre oficial: El plazo para brindar respuesta a los reclamos es de 15 días calendario y previo a su vencimiento deberá oficializarse a través de comunicación remitida desde el buzón centralizado [email protected]. En caso de no contar con una respuesta efectiva y resolutiva a la situación se debe solicitar prórroga al cliente. Una vez emitida la respuesta oficial, se procede con el cierre de la queja en la Matriz de control de Reclamos.
En caso de no encontrarse conforme con el resultado del pronunciamiento emitido por Aon Perú, el cliente podrá recurrir a instancias como el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP y la Superintendencia Nacional de Salud, en el caso de reclamos sobre aspectos relacionados a coberturas de riesgos de salud; según corresponda acorde a lo señalado en el numeral 8.6 de la Circular G 184-2015.
Nota: En las oficinas de Aon Perú, se encuentra a disposición de los clientes el Libro de Reclamaciones en medio físico, acorde a lo establecido en el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Si desea aclarar dudas adicionales al respecto, puede remitirlas al correo: [email protected]